Art.1.– Los ingresos de la APFE provendrán de las cuotas de sus componentes, de las subvenciones oficiales concedidas por el desarrollo de su actividad social y de todo tipo de ingresos atípicos de carácter no oficial, como pueden ser los patrocinadores.
Art.2.- El domicilio social de la APFE será el que se determine en cada temporada.
Art.3.- La APFE está reconocida como entidad deportiva por parte del Ayuntamiento de Ermua, por lo que tiene contacto permanente y directo con la Concejalía que en cada momento gestione la actividad llevada a cabo por ella.
Art.4.- Los encuentros de APFE son de caracter público, por lo que los equipos y jugadores participantes en el campeonato aceptan que se puedan difundir fotografías y videos relativos a los encuentros por los medios que se consideren oportunos (carteles, redes sociales, sitio web).
Art.5.- La APFE estará compuesta por todos aquellos Clubes de Fútbol masculino que estén formados en su totalidad por jugadores aficionados cuyo objetivo sea el de practicar fútbol no federado. No obstante, no es responsabilidad de APFE evitar que los jugadores federados disputen el torneo.
5.1. Es requisito indispensable para poder realizar cualquier actividad relacionada con la APFE, ser miembro de ésta, es decir, tener ficha de jugador.
La ficha de jugador debe estar actualizada en todo momento, incluyendo el nombre del equipo actual de cada jugador en la misma.
Art.6.- Los Órganos de Gobierno. La APFE estará regida por Un Presidente, La Junta Directiva, La Junta de Delegados y el Comité de Sanciones.
6.1. Todos los Órganos de Gobierno de la APFE serán formados a partir de los Delegados que aporten los Clubes como representantes de éstos.
6.2. Los Delegados aportados por los clubes tendrán voz y voto en las decisiones tomadas en las Reuniones de Delegados.
Art.7.- El Presidente será elegido por votación entre los candidatos que se presenten al cargo. Será considerado Presidente el candidato que obtenga el mayor número de votos entre los presentes en la reunión de elección. Su mandato se prolongará por un espacio de DOS temporadas, al término de las cuales se realizarán nuevas elecciones.
7.1. Requisitos para poder presentar candidatura a la Presidencia:
a) Tener, al menos, una antigüedad de TRES años en la APFE
7.2. Funciones del Presidente:
a) Nombrar la Junta Directiva (JD)
b) Nombrar el Comité de Sanciones (CS)
c) Dirigir las Reuniones de Delegados
d) Representar todos los clubes y deportistas de la APFE en los eventos oficiales
e) Administrar el funcionamiento general la APFE
7.3. Actuación del Presidente:
a) El Presidente tendrá voz pero no voto en las decisiones tomadas por los Órganos de Gobierno excepto en el caso de que alguna votación resultara empatada, en tal caso, el Presidente podrá emitir un voto de calidad para deshacer el empate.
b) Toda propuesta de votación en los Órganos de Gobierno, deberá llevar el visto bueno del Presidente. Para conceder dicho visto bueno el Presidente se asegurará de que el tema sometido a votación no se encuentra suficientemente regulado por el Reglamento vigente en cada momento.
c) El Presidente no será considerado como Delegado de su Club, por lo que tras su elección, deberá proponer otra persona que represente los intereses del mismo.
d) Convocará las Reuniones de Delegados por medios electrónicos (página web, móvil), con un orden del día establecido y una antelación de, al menos, una semana. En caso de que, por motivos extraordinarios y urgentes sea necesario convocar una reunión, no será preciso el plazo de una semana de antelación.
e) Promoverá, en caso de considerarlo necesario, que las votaciones sean secretas en las Reuniones de Delegados.
Art.8.- La Junta Directiva. La J.D. estará formada por los Delegados de los Clubes propuestos por el Presidente y estará compuesta por los siguientes cargos:
– El Presidente de APFE
– Un Vicepresidente
– Un Tesorero
8.1. Son funciones de la Junta Directiva, desarrollar el ámbito administrativo y organizativo de la APFE en lo que se refiere al aspecto económico y a las relaciones de los Clubes y jugadores con la normativa de funcionamiento de la APFE.
a) Presentará a comienzo de temporada en la Junta de Delegados, un presupuesto de Ingresos y Gastos para la temporada en curso, el cual deberá ser aprobado.
b) Presentará al finalizar la temporada las cuentas anuales, para aprobación por la Junta de Delegados.
c) Mantendrá en la cuenta de APFE un fondo de reserva de 3.000 EUR. En caso de que disminuya por cualquier circunstancia, deberá ser recuperado a la mayor brevedad posible, proponiendo en la Junta de Delegados la forma y manera de llevarlo a cabo.
8.2. Elaborar el articulado de todos los Reglamentos y Normas que rijan el funcionamiento de la APFE cada temporada.
8.3. Así mismo, la JD como máximo órgano de gobierno, tiene la capacidad de proponer la modificación, inclusión o exclusión de algún artículo del Reglamento en el momento que lo considere oportuno, siendo de obligado cumplimiento las modificaciones introducidas tras someterlas a votación de la Junta de Delegados. Además, se reserva el derecho a tomar decisiones que por error u omisión no estén recogidas y/o penalizadas en el presente Reglamento.
8.4. La JD se reserva el derecho de admitir a cualquier persona en las reuniones semanales de Delegados así como, en determinados casos, solicitar la presencia de determinadas personas ajenas a APFE para dar tratamiento a los temas que correspondan.
Art.9.- El Comité de Sanciones. El CS estará formado por las personas propuestas por el Presidente y, en caso de que el Presidente lo considere, podrá tener cada temporada caracter secreto y confidencial.
9.1. Son funciones del Comité de Sanciones velar por el cumplimiento del Reglamento de la Competición.
9.2. El Comité de Disciplina, oídas todas las partes o, en su defecto, basándose en las Actas de los partidos, tiene capacidad para sancionar a Clubes y jugadores que, a su juicio, hayan transgredido los Reglamentos y Reglas antes mencionados.
9.3. Las decisiones tomadas por el Comité de Disciplina serán inapelables.
Art.10.- La Cuota. Los Clubes integrados en la APFE tienen la obligación inapelable de aportar la cuota anual que se decida para hacer frente a la financiación de la misma.
Los clubes que incumplan este requisito no podrán pertenecer a la APFE y serán EXPULSADOS del campeonato, así como todos sus jugadores.
La cantidad y forma de pago se decidirán en la Junta de Delegados a comienzo de temporada, en función del presupuesto de ingresos y gastos anual.
La cuota deberá ingresarse en la cuenta de APFE. En caso de que se haga efectiva en la Junta de Delegados tendrá una sanción de 20 EUR.
Art.11.- La Selección. La APFE contará con una Selección de jugadores para disputar partidos donde y cuando lo considere oportuno. Todos los clubes estarán obligados a aportar los jugadores que le sean requeridos en cada concentración y verificarán que no estén sometidos a ningún expediente sancionador.
Los clubes que incumplan este artículo serán sancionados con 6 EUR .
Art.12.- Los Delegados de Equipo. Todos los Clubes inscritos para participar en los campeonatos de APFE, tienen la obligación de presentar un Delegado antes del inicio de cada temporada para estar representado directamente en todas y cada una de las reuniones que convoque la Organización, pudiendo además designar un Delegado Suplente.
Los Delegados tienen que aportar a la organización un número de teléfono móvil y un correo electrónico que servirán como contacto permanente con APFE durante la temporada.
12.1. Derechos:
a) Pertenecer a los Órganos de Gobierno de la APFE
b) Tener voz y voto en todas las Reuniones de Delegados y en las reuniones de los Órganos de Gobierno, excepto en el caso de resultar elegido Presidente.
c) Ser el responsable de su Club a todos los efectos.
12.2. Obligaciones:
a) Asistir a todas las reuniones que la APFE convoque y estar presentes hasta el final de las mismas.
b) Alegar por escrito las sanciones. Formas de proceder en caso de disconformidad con el acta del partido:
– Alegación por escrito y FIRMADA tras finalizar el partido, en un folio ANEXO, indicando a los DELEGADOS DE CAMPO que dicha alegación se anexe al acta.
– Alegación por correo electrónico (mail@apfe.es) dentro de las 24 horas posteriores a la finalización del encuentro.
Las decisiones del Comité de Sanciones deberán cumplirse desde el momento en que se hacen públicas, y podrán ser recurridas. Las formas de proceder para presentar el recurso son las siguientes:
– Alegación por correo electrónico (mail@apfe.es), en las 48 horas posteriores a la comunicación de la sanción al delegado.
– Foto de la alegación a través del teléfono móvil, por escrito y firmada, en las 48 horas posteriores a la comunicación de la sanción al delegado.
Una vez formulada la reclamación, el Delegado del equipo reclamante deberá acudir a la reunión del Comité de Sanciones (si se le cita) y esperar a que se le de audiencia. En caso de no acudir, el Comité de Sanciones decidirá según los datos de que disponga.
En caso de no asistir a alguna de las reuniones se aplicará una sanción económica de 20 EUR.
Llegar más de cinco minutos tarde a las reuniones de delegados supondrá una sanción económica de 5 EUR.
d) Abonar las sanciones correspondientes a las jornadas anteriores en la Junta de Delegados.
En caso de que no se abonen las sanciones del equipo supondrá una sanción de 10 EUR, no podrá jugar los partidos hasta que no las abone y se le darán por perdidos con un resultado de 3-0. Como excepción (siempre y cuando así lo reclame el Delegado del Equipo mediante la alegación correspondiente), si la sanción es impuesta a un jugador y no es abonada, se le retirará la ficha a este jugador y se le dará de plazo al equipo hasta la siguiente Reunión de Delegados para ser abonada. A partir de ese día se aplicará lo dispuesto inicialmente.
Si llegada la siguiente Reunión de Delegados no se han pagado las sanciones se procederá a la EXPULSIÓN DEL CAMPEONATO del equipo.
Las sanciones se pueden abonar tanto en efectivo en la Reunión de Delegados como a través de un ingreso en la cuenta de APFE. En este segundo caso, será preciso presentar en la Junta de Delegados el justificante del ingreso o mandarlo por correo (o cualquier otro medio) electrónico (mail@apfe.es) antes de la Junta de Delegados.
En caso de abonar las sanciones en efectivo (en la Junta de Delegados o antes del partido), se aplicará un recargo de 5 EUR cada vez.